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Transporte Pagado Hasta
(...lugar de destino convenido)
"Transporte Pagado Hasta" significa que el vendedor realiza la entrega de la mercancía cuando la pone a disposición del transportista designado por él; pero, además, que debe pagar los costes del transporte necesario para llevar la mercancía al destino convenido. Esto significa que el comprador asume todos los riesgos y cualquier otro coste contraídos después de que la mercancía hayan sido así entregada.
Si se utilizan transportistas sucesivos para el transporte al destino convenido, el riesgo se transmite cuando la mercancúa se ha entregado al primer porteador.
El término CPT exige que el vendedor despache la mercancía de aduana para la exportación.
Este término puede emplearse con independencia del modo de transporte, incluyendo el transporte multimodal.
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